Dentro del esquema que nos proponemos abordar, el servicio público aparece no ya como una determinada actividad administrativa cuya titularidad corresponde al Estado (la ejerza él mismo o la concesione a particulares), sino como una actividad económica originariamente privada y -por tanto- sometida a la dinámica propia del así denominado mercado libre, que -sin embargo- ha merecido por parte de la Autoridad pública una regulación especial debido a la importancia del interés público comprometido en dicha actividad1 (es por tal razón que en los Estados Unidos se habla de las empresas public utilities y que en nuestro medio idiomático se aluda al modelo de industria regulada.
Similar Posts
Poder de Policía y Test de Razonabilidad.
El poder de policía constituye la potestad reglamentaria que inviste la autoridad pública (en representación de la comunidad nacional y para…
Algunas Consideraciones en torno al Principio de Legalidad Tributaria
INTROITO: El presente trabajo se divide en seis partes principales. A saber: I. El Principio de Legalidad; II. El Principio de…
D.N.U. N° 70/23: entre la insuficiencia y la desmesura. Reflexiones en torno a sus fundamentos fácticos y alcances normativos.
Hace escasas semanas, con motivo del dictado del D.N.U. N° 70/23, nos abocamos a discurrir sobre diversas cuestiones atinentes a los aspectos procedimentales de los decretos de necesidad y urgencia, en general. En la presente oportunidad, nos dedicamos a los fundamentos fácticos y alcances normativos del citado D.N.U., en particular.
Las sociedades apáticas por qué no estalla una revolución
La Brújula – Youtube
BREVES APUNTES SOBRE LA “CUESTIÓN INDÍGENA”
El mundo indígena siempre ha sido notoriamente heterogéneo desde el punto de vista racial, cultural y político.Desde sus orígenes, dicho mundo…
LINEAMIENTOS PARA UNA “CARTOGRAFÍA” COSMOVISIONAL DEL OCCIDENTE CONTEMPORÁNEO
Con el presente “mapa” pretendemos aportar una apretada sinopsis sumariamente descriptiva de las tres grandes cosmovisiones que se han ido desarrollando…
